Pensión de alimentos recurrida ¿hay que cumplirla mientras tanto?
16 marzo, 2022
Nos realizan la siguiente consulta:
En un procedimiento de modificación de medidas, la sentencia me ha dado la razón sobre bajar pensión de alimentos, pero mi “ex” ahora ha apelado, ¿puedo pagar lo que dice la sentencia?, ¿o debo esperar a que sea firme en su caso?.
Esta consulta no es baladí, puesto que cuando una sentencia no es firme normalmente no hay que cumplirla (a no ser que se ejecute provisionalmente) y por tanto pudiera parecer que si la sentencia favorable al cliente ha sido apelada, la declaración judicial sobre la reducción de la pensión de alimentos no tiene efectos y debe seguir cumpliéndose el convenio antiguo.
Pero en estos asuntos de familia, los recursos sobre las sentencias no suspenden la eficacia de las medidas adoptadas por esa resolución, es decir, si la sentencia lo acordó así, puede perfectamente dejar de pagarse la pensión compensatoria a pesar del recurso interpuesto, eso sí, en caso de ser finalmente revocada la sentencia le pueden reclamar de forma retroactiva la pensión durante ese tiempo.
El artículo 774, de la LEC en su apartado 5, establece, en asuntos sobre los procesos matrimoniales y menores que sobre las medidas definitivas acordadas
5.Los recursos que, conforme a la ley, se interpongan contra la sentencia no suspenderán la eficacia de las medidas que se hubieren acordado en ésta. Si la impugnación afectara únicamente a los pronunciamientos sobre medidas, se declarará por el Letrado de la Administración de Justicia la firmeza del pronunciamiento sobre la nulidad, separación o divorcio
Por ello se recomienda que se solicite expresamente en sus escritos de apelación, oposición o impugnación de la apelación, la voluntad de que la resolución que en su día se dicte tenga o no carácter retroactivo y que las sentencias de las Audiencias Provinciales efectúen de forma expresa el correspondiente pronunciamiento a tal cuestión, a los efectos de evitar problemas en fase de ejecución.
Comentarios
Al enviar un comentario aceptas la política de privacidad y RGPD.
*Las respuestas dadas por Moya & Marín en este blog tienen carácter orientativo, estando sujetas a las eventuales variaciones que puedan surgir una vez estudiado el asunto en profundidad con toda la información/documentación facilitada.
Información básica sobre protección de datos:
Responsable: Moya & Marín
Finalidad: Prestación de servicios requeridos
Destinatarios: No se cederán datos a terceros.
Derechos: Tiene derecho de acceso, rectificación y supresión
Otros artículos de interés
Banco ocultó que despidió a director por estafa GRUPO 21
Un banco depositario de GRUPO 21 defendía que lo había hecho todo impecablemente, pero descubrimos que había despedido a su director de sucursal por poner en "riesgo millonario" a la entidad. Como...
Nueva sentencia contra Caja Rural del Sur por Grupo 21
. Tras la primera sentencia contra un banco de Grupo 21, Moya Marín Abogados ha obtenido una nueva sentencia favorable frente a otra entidad bancaria, esta vez Caja Rural del Sur, condenando a la entidad...
Sentencia favorable contra banco de Grupo 21
Hemos logrado una de las primeras sentencias condenatorias en Almería contra una entidad bancaria depositaria de fondos de una promoción inmobiliaria fallida de Grupo 21 (CJDE FAM 2016 S.L.), en el...




0 comentarios